
Directiva
Mesa Directiva

Andrea Balladares
Presidenta

Luis Mayol
2o Vicepresidente

Juan Carlos Díaz
Vicepresidente

Jorge Rathgeb
Tesorero

Katherine Martorell
Secretaria General

Andrés Longton
Vicepresidente

Ximena Ossandón
Vicepresidenta

Diego Schalper
1er Vicepresidente

Rodrigo Wainraight
Vicepresidente

Marcia Raphael
Vicepresidenta
Nuestra Directiva Regional
REGIÓN | NOMBRE | CARGO |
|---|---|---|
Región de Arica y Parinacota | Patricio López Berrios | Presidente |
Región de Arica y Parinacota | Marcela Galvez Delgado | Vicepresidenta |
Región de Arica y Parinacota | Erick Contreras Cisternas | Vicepresidente |
Región de Arica y Parinacota | Iván Carrasco Vergara | Secretario |
Región de Arica y Parinacota | Elizabeth Salinas Robles | Tesorera |
Región de Tarapacá | Pablo Espinoza Caqueo | Presidente |
Región de Tarapacá | Lucrecia Mena Acosta | Vicepresidenta |
Región de Tarapacá | Joaquín Flores Moscoso | Vicepresidente |
Región de Tarapacá | Julia Encina Soto | Secretaria |
Región de Tarapacá | Ayrton García Chamaca | Tesorero |
Funciones Directiva Regional
ARTICULO 30º.- Serán facultades y obligaciones de la Directiva Regional las siguientes:
a) Supervigilar las actividades que desarrollen las Directivas y Consejos Distritales que funcionen en la región, y asumirlas cuando aquellos no les den debido cumplimiento.
b) Convocar al Consejo Regional cuando ello sea necesario o lo determinen el Estatuto o los Reglamentos del Partido y, a lo menos, una vez cada dos meses.
c) Someter al conocimiento del Tribunal Regional las faltas graves a la ética y a la disciplina partidaria, en que incurra cualquiera de los miembros del Consejo Regional.
d) Exponer, a través de su Presidente o de quien lo subrogue ante la Comisión Política, los fundamentos de los proyectos de acuerdo adoptados por el Consejo Regional en conformidad a la letra f) del artículo anterior.
e) Rendir cuenta a lo menos, una vez al año, al Consejo Regional de las actividades que se desarrollen en la región y, en general de su gestión, de la situación política y electoral de la misma.
f) Todas las demás facultades que este Estatuto, la reglamentación interna y las instrucciones de la Directiva Nacional le otorguen.
Nuestra Directiva Distrital
REGIÓN | DISTRITO | CARGO | NOMBRE |
|---|---|---|---|
BIOBIO | 43 | PRESIDENTE | RAMIRO SOTO VALDERRAMA |
BIOBIO | 43 | VICEPRESIDENTE | JUAN MANUEL CARO RUIZ |
BIOBIO | 43 | VICEPRESIDENTE | VACANTE |
BIOBIO | 43 | SECRETARIO | ROBERTO PUCHEU BANCALARI |
BIOBIO | 43 | TESORERA | MYRIAM CARRASCO VENEGAS |
BIOBIO | 44 | PRESIDENTA | CLAUDIA PEREZ FERNANDEZ |
BIOBIO | 44 | VICEPRESIDENTE | OSIEL ALEXANDER SEGURA LARA |
BIOBIO | 44 | VICEPRESIDENTA | ANTONELLA RONDANELLI ANDRADES |
BIOBIO | 44 | SECRETARIA | ANDREA SOUPER MUÑIZ |
BIOBIO | 44 | TESORERO | FRANCISCO CARRILLO OCARANZA |
Funciones Directiva Distrital
ARTICULO 25º.- Serán facultades y obligaciones de la Directiva Distrital, las siguientes:
a) Dirigir y responder del adecuado funcionamiento de las organizaciones comunales y funcionales del Partido, que operen en el distrito.
b) Dar cumplimiento a las instrucciones de la Directiva Nacional.
c) Proponer al Consejo Distrital planes de acción política y, una vez aprobados, ponerlos en ejecución.
d) Rendir cuenta a lo menos, una vez al año, al Consejo Distrital de las actividades que se desarrollen en el distrito y, en general de su gestión, de la situación política y electoral del mismo.
e) Cuidar por que los afiliados del Partido, dentro del respectivo Distrito, sean debida, oportuna y periódicamente informados de las actividades del Partido y de sus planteamientos frente al acontecer político. Asimismo, deberá preocuparse de la debida formación doctrinaria de ellos.
f) Velar porque las Directivas Comunales mantengan actualizado el registro de afiliados de sus respectivas comunas, informando semestralmente a la Secretaría General, o cuando esta se lo solicite.
g) Someter al conocimiento del Tribunal Regional las faltas graves a la ética o disciplina partidaria en que incurra cualquiera de los miembros del Partido.
h) Exponer, a través de su Presidente o de quien lo subrogue ante la Comisión Política los fundamentos de los proyectos de acuerdo adoptados por el Consejo Distrital, en conformidad a la letra h) del artículo anterior.
i) Convocar a sesiones ordinarias de Consejo Distrital, a lo menos, una vez al mes.
j) Todas las demás facultades que este Estatuto, la reglamentación interna y las instrucciones de la Directiva Nacional le otorguen.
Nuestra Directiva Comunal
REGIÓN | DISTRITO | CARGO | NOMBRE |
|---|---|---|---|
VALPARAISO | 15 | PRESIDENTE | ORLANDO ROJAS BARAHONA |
VALPARAISO | 15 | VICEPRESIDENTE | VERONICA ALVAREZ FUENTES |
VALPARAISO | 15 | VICEPRESIDENTE | MARIA IGNACIA AMPUERO CONTRERAS |
VALPARAISO | 15 | SECRETARIO | LORENA PAOLA ZAMORANO ARAVENA |
VALPARAISO | 15 | TESORERO | LUZ ELIANA AREVALO GARCIA |
METROPOLITANA | 16 | PRESIDENTE | JOSE LUIS RAMOS VALDERAS |
METROPOLITANA | 16 | VICEPRESIDENTE | VACANTE |
METROPOLITANA | 16 | VICEPRESIDENTE | VACANTE |
METROPOLITANA | 16 | SECRETARIO | MARCELO VIDAL GODOY |
METROPOLITANA | 16 | TESORERO | RAMON RIVERA DIAZ |
Funciones Directiva Comunal
ARTICULO 20º bis.- Serán facultades y obligaciones de la Directiva Comunal, las siguientes:
a) Dirigir eficazmente el funcionamiento de las organizaciones comunales, funcionales y operativa del Partido, que operen en la comuna, en conjunto con el Consejo Comunal.
b) Dar cumplimiento a las instrucciones de las Directivas Nacional, Regional o Distrital.
c) Proponer al Consejo Comunal planes de acción política y, una vez aprobados, ponerlos en ejecución.
d) Rendir cuenta, a lo menos, una vez al año, al Consejo Comunal de las actividades que se desarrollen en la comuna y, en general, de su gestión, de la situación política y electoral de la misma.
e) Cuidar que los afiliados del Partido, dentro de la comuna, sean debida, oportuna y periódicamente informados de las actividades del Partido y de sus planteamientos frente al acontecer político. Asimismo, deberá preocuparse de la debida formación doctrinaria de ellos. Para el cumplimiento de esta obligación, la Directiva Comunal citará, a lo menos, una vez al año, a Asamblea a todos los militantes de la comuna respectiva.
f) Mantener actualizado el registro de afiliados de la comuna, informando, a lo menos, semestralmente a la Secretaría General, o cuando esta se lo solicite.
g) Someter al conocimiento del Tribunal Regional las faltas graves a la ética o disciplina partidaria en que incurra cualquier afiliado.
h) Todas las demás facultades que este Estatuto, la reglamentación interna y las instrucciones de la Directiva Nacional le otorguen, sin contravenir las normas legales.

