
Directiva
Mesa Directiva

Rodrigo Galilea
Presidente

Ricardo Kuschel
Vicepresidente

Pedro Pizarro
Vicepresidente

José García
1er Vicepresidente

Giannina González
Vicepresidenta

Perla Seguel
Vicepresidenta

Andrea Balladares
Secretaria General

Ximena Ossandón
Vicepresidenta
Nuestra Directiva Regional
REGIÓN | NOMBRE | CARGO |
|---|---|---|
Región de Arica y Parinacota | Flores Maldonado Freddy René | Presidente |
Región de Arica y Parinacota | Rivera Tarque Josshua Salvador Ferna | Primer Vicepresidente |
Región de Arica y Parinacota | Carrasco Vergara Iván Danilo | Segundo Vicepresidente |
Región de Arica y Parinacota | Troncoso Molina Sebastián Roberto | Secretario |
Región de Arica y Parinacota | Castro Cuevas Amelia del Carmen | Tesorera |
Región de Tarapacá | Mena Acosta Lucrecia Jacqueline | Presidenta |
Región de Tarapacá | Ferrari Pavez Espartago Alfredo | Primer Vicepresidente |
Región de Tarapacá | Espinoza Caqueo Pablo Alejandro | Segundo Vicepresidente |
Región de Tarapacá | Núñez Navarrete Cecilis Jeannette | Secretaria |
Región de Tarapacá | García Cáceres Esteban Lirio | Tesorero |
Funciones Directiva Regional
ARTICULO 30º.- Serán facultades y obligaciones de la Directiva Regional las siguientes:
a) Supervigilar las actividades que desarrollen las Directivas y Consejos Distritales que funcionen en la región, y asumirlas cuando aquellos no les den debido cumplimiento.
b) Convocar al Consejo Regional cuando ello sea necesario o lo determinen el Estatuto o los Reglamentos del Partido y, a lo menos, una vez cada dos meses.
c) Someter al conocimiento del Tribunal Regional las faltas graves a la ética y a la disciplina partidaria, en que incurra cualquiera de los miembros del Consejo Regional.
d) Exponer, a través de su Presidente o de quien lo subrogue ante la Comisión Política, los fundamentos de los proyectos de acuerdo adoptados por el Consejo Regional en conformidad a la letra f) del artículo anterior.
e) Rendir cuenta a lo menos, una vez al año, al Consejo Regional de las actividades que se desarrollen en la región y, en general de su gestión, de la situación política y electoral de la misma.
f) Todas las demás facultades que este Estatuto, la reglamentación interna y las instrucciones de la Directiva Nacional le otorguen.
Nuestra Directiva Distrital
REGIÓN | DISTRITO | CARGO | NOMBRE |
|---|---|---|---|
Región de Antofagasta | 3 | Presidente | Cristián Gallardo Gallardo |
Región de Antofagasta | 3 | Primer Vicepresidente | Vacante |
Región de Antofagasta | 3 | Segundo Vicepresidente | María Bernarda Jopia Contreras |
Región de Antofagasta | 3 | Secretario | Vacante |
Región de Antofagasta | 3 | Tesorero | James Mac-Arthur Rosas |
Región de Antofagasta | 4 | Presidente | Vacante |
Región de Antofagasta | 4 | Primer Vicepresidente | Jorge Lawrence Santibáñez |
Región de Antofagasta | 4 | Segundo Vicepresidente | Wladimir Fernández Cuevas |
Región de Antofagasta | 4 | Secretario | María José Astorga Milla |
Región de Antofagasta | 4 | Tesorero | Paula García Barría |
Funciones Directiva Distrital
ARTICULO 25º.- Serán facultades y obligaciones de la Directiva Distrital, las siguientes:
a) Dirigir y responder del adecuado funcionamiento de las organizaciones comunales y funcionales del Partido, que operen en el distrito.
b) Dar cumplimiento a las instrucciones de la Directiva Nacional.
c) Proponer al Consejo Distrital planes de acción política y, una vez aprobados, ponerlos en ejecución.
d) Rendir cuenta a lo menos, una vez al año, al Consejo Distrital de las actividades que se desarrollen en el distrito y, en general de su gestión, de la situación política y electoral del mismo.
e) Cuidar por que los afiliados del Partido, dentro del respectivo Distrito, sean debida, oportuna y periódicamente informados de las actividades del Partido y de sus planteamientos frente al acontecer político. Asimismo, deberá preocuparse de la debida formación doctrinaria de ellos.
f) Velar porque las Directivas Comunales mantengan actualizado el registro de afiliados de sus respectivas comunas, informando semestralmente a la Secretaría General, o cuando esta se lo solicite.
g) Someter al conocimiento del Tribunal Regional las faltas graves a la ética o disciplina partidaria en que incurra cualquiera de los miembros del Partido.
h) Exponer, a través de su Presidente o de quien lo subrogue ante la Comisión Política los fundamentos de los proyectos de acuerdo adoptados por el Consejo Distrital, en conformidad a la letra h) del artículo anterior.
i) Convocar a sesiones ordinarias de Consejo Distrital, a lo menos, una vez al mes.
j) Todas las demás facultades que este Estatuto, la reglamentación interna y las instrucciones de la Directiva Nacional le otorguen.
Nuestra Directiva Comunal
REGIÓN | DISTRITO | COMUNA | CARGO | NOMBRE |
|---|---|---|---|---|
Región de Arica y Parinacota | 01 | ARICA | PRESIDENTE | SILVA VERGARA HERIBERTO DAVID |
Región de Arica y Parinacota | 01 | ARICA | VICEPRESIDENTE | MONDACA NAVARRETE JORGE FERNANDO |
Región de Arica y Parinacota | 01 | ARICA | VICEPRESIDENTE | VACANTE |
Región de Arica y Parinacota | 01 | ARICA | SECRETARIO | GUACUCANO MOLLO EDITH NISIDA |
Región de Arica y Parinacota | 01 | ARICA | TESORERO | LOREDO ARREY FRANCISCO JAVIER |
Región de Tarapacá | 02 | ALTO HOSPICIO | PRESIDENTE | CACERES ARAYA RENÉ DANIEL |
Región de Tarapacá | 02 | ALTO HOSPICIO | VICEPRESIDENTE | GONZÁLEZ RIVERA ROSA ELENA |
Región de Tarapacá | 02 | ALTO HOSPICIO | VICEPRESIDENTE | ZÚÑIGA MORALES ESTELINDA DEL CARMEN |
Región de Tarapacá | 02 | ALTO HOSPICIO | SECRETARIO | MARÍN ORTIZ YASMINA PATRICIA |
Región de Tarapacá | 02 | ALTO HOSPICIO | TESORERO | ROJAS CONTRERAS VERÓNICA FIDELIA |
Funciones Directiva Comunal
ARTICULO 20º bis.- Serán facultades y obligaciones de la Directiva Comunal, las siguientes:
a) Dirigir eficazmente el funcionamiento de las organizaciones comunales, funcionales y operativa del Partido, que operen en la comuna, en conjunto con el Consejo Comunal.
b) Dar cumplimiento a las instrucciones de las Directivas Nacional, Regional o Distrital.
c) Proponer al Consejo Comunal planes de acción política y, una vez aprobados, ponerlos en ejecución.
d) Rendir cuenta, a lo menos, una vez al año, al Consejo Comunal de las actividades que se desarrollen en la comuna y, en general, de su gestión, de la situación política y electoral de la misma.
e) Cuidar que los afiliados del Partido, dentro de la comuna, sean debida, oportuna y periódicamente informados de las actividades del Partido y de sus planteamientos frente al acontecer político. Asimismo, deberá preocuparse de la debida formación doctrinaria de ellos. Para el cumplimiento de esta obligación, la Directiva Comunal citará, a lo menos, una vez al año, a Asamblea a todos los militantes de la comuna respectiva.
f) Mantener actualizado el registro de afiliados de la comuna, informando, a lo menos, semestralmente a la Secretaría General, o cuando esta se lo solicite.
g) Someter al conocimiento del Tribunal Regional las faltas graves a la ética o disciplina partidaria en que incurra cualquier afiliado.
h) Todas las demás facultades que este Estatuto, la reglamentación interna y las instrucciones de la Directiva Nacional le otorguen, sin contravenir las normas legales.

